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Voluntades Anticipadas

¿Qué es?

El documento de voluntades anticipadas es el documento, dirigido al médico responsable, en el cual una persona mayor de edad, con capacidad suficiente y de manera libre, expresa las instrucciones a tener en cuenta cuando se encuentre en una situación en que las circunstancias que concurran no le permitan de expresar personalmente su voluntad. En este documento, la persona puede también designar un representante, que es el interlocutor válido y necesario con el médico o el equipo sanitario, para que la sustituya en caso de que no pueda expresar su voluntad por ella misma. (Ley 21/2000, artículo 8)

Por lo tanto es una declaración en que la persona explica por avanzado el tratamiento médico que quiere recibir en caso de que algún día una enfermedad la incapacite para expresarse.

Pasos a seguir para presentar el DVA

  • Es muy recomendable asesorarnos previamente.
  • Redactarlo.
  • Validarlo (para garantizar la identidad, capacidad y conformidad del titular). Se puede validar ante notario, o con la firma de tres testigos mayores de edad, dos de los cuales no pueden tener relación de parentesco ni patrimonial con el titular.
  • Una vez validada llevarlo al médico de referencia.

Quién puede ayudar a redactarlo

Es aconsejable que sea el médico de referencia del centro. También lo puede ser el profesional de enfermería u otras áreas del centro.

No existe un formato fijo, encontraréis un modelo elaborado por el Comité de Bioética de Cataluña en la web www.gencat.net/salut

También podéis encontrar más información en esta dirección electrónica

http://www.gencat.cat/salut/depsalut/html/ca/dir1961/index.html

En nuestro centro la persona de referencia es la Directora de enfermería, quien gustosamente le informará y asesorará sobre el tema.

¿Donde lo tiene que llevar?

Si usted ya dispone del Documento de Voluntades Anticipadas, hágaselo saber a su médico de referencia.

Si usted tramita el Documento de Voluntades Anticipadas, una vez registrado hágaselo saber a su médico de referencia.

El DVA se adjuntará a la Historia Clínica, respetando la confidencialidad de cada persona.

Si se quiere anular el DVA

El DVA se puede modificar o anular en cualquier momento, por la propia persona.